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Todo lo que necesitas saber sobre lo que puedes traer en tus maletas de viaje y cuánto dinero puedes ingresar en efectivo.

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Cuando uno viaja y, sobre todo en estas fechas de fin de año, es usual que se compre ropa, zapatos, productos tecnológicos y regalos para toda la familia, pero al llegar al  con las maletas llenas empieza la preocupación ¿sabes qué está permitido y qué no? ¿Cuáles son los montos y cantidades? Atento a la nota.

Existe un listado de bienes considerados como equipaje, que pueden ingresar al país libres de impuestos según tipo y cantidades permitidas, asimismo, existen sujetos al pago de impuestos y bienes restringidos que debes declarar a tu ingreso al país y otros prohibidos, que quiere decir que no pueden entrar al país por ningún motivo.

“Es importante que el pasajero pueda identificar cuándo se encuentra en la obligación de declarar los bienes y dinero, según lo que establece la norma, y en el caso de tener alguna duda efectuar las consultas a los funcionarios de la SUNAT que de manera permanente se encuentran en el Salón de Llegadas Internacionales”, indica Yoana Vidal, jefa de la División de Equipajes de la Sunat.

La funcionaria indica que “es importante acercarse a declarar bienes cuando excedan los límites establecidos para el equipaje inafecto, el dinero cuando este supere los US$ 10,000, los bienes sujetos al pago de impuestos, también en los casos de bienes que requieren de la autorización del sector competente para su ingreso al país, existiendo la posibilidad de que los bienes puedan quedar en custodia en tanto se realizan los trámites correspondientes, con eso se evita la aplicación de multas, así como la incautación de bienes y la retención del dinero”, explica.

¿QUÉ PRODUCTOS PUEDO INGRESAR SIN PAGAR IMPUESTOS?

Existe una relación de bienes considerados como equipaje, que pueden ingresar liberados del pago de impuestos y por los cuales no es necesario presentar la Declaración Jurada de Equipaje.

A continuación, algunos bienes y artículos permitidos:

·                     Prendas de vestir y objetos de adorno personal del pasajero.

·                     Objetos de tocador para uso del pasajero.

·                     Medicamentos de uso personal del pasajero.

·                     Libros, revistas y documentos impresos para el uso del pasajero.

·                     (1) computadora portátil con fuente de energía propia.

·                     (2) cámaras fotográficas.

·                     (2) teléfonos celulares.

·                     (4) Memorias para cámara digital, videocámara y/o videojuego.

·                     (10) Discos digitales de video o para videojuego.

·                     (20) cajetillas de cigarro.

·                     (3 litros) licores.

·                     Bienes para uso o consumo del pasajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, por un valor en conjunto de US$500.

Si quieres conocer el listado completo HAZ CLI AQUÍ o ingresa a https://bienvenidoalperu.sunat.gob.pe/ingreso.html

 Fuente: diariocorreo.pe   


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