¿Cómo se
calcula una pensión de alimentos? ¿Hasta que edad se paga? Estas y otras dudas
fueron resueltas por una especialista
Allá por 1999, la mayor cantidad de denuncias que recibían las
Demunas y juzgados especializados de Familia de Lima respondía a demandas
por una pensión de alimentos, según una
investigación realizada por el Dr. Nelson Reyes. Han pasado más de quince
años y esta situación no ha cambiado.
La preocupación por el incumplimiento de la pensión de alimentoses constante en gran
sector de la población ¿Cómo se calcula una pensión de alimentos? ¿Hasta que
edad se paga? Son algunas de las interrogantes que se formulan cada
vez que se aborda el tema. Aquí un breve cuestionario para entender qué es y
qué implica este derecho.
1. ¿Qué es la pensión de alimentos?
Lejos de lo que se pudiera pensar, hablar de pensión de alimentos implica
hablar también del costo por vivienda, recreación, educación. Así lo
explica Elizabeth López, abogada asociada del Estudio Rodríguez Angobaldo
Abogados
2. ¿Si estoy embarazada puedo recibir una pensión?
"Cuando tenia cuatro meses fui a la Demuna de Canto Grande y me
dijeron que no podía hacer la denuncia o conciliación hasta que la bebé haya
nacido", nos comenta una usuaria. Sin embargo, la abogada explica que la
información que se le proporcionó fue errónea.
"En la etapa de
embarazo las madres sí pueden iniciar una demanda ante el Juez de Paz
Letrado por pensión de alimentos a efectos de cubrir los gastos que se dan
durante el embarazo, como el costo del parto. Esta pensión se puede dar hasta
60 días después de darse el parto", explica.
3.¿Hasta que edad se puede recibir una pensión alimenticia?
El hijo tiene derecho a
una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Si existe un tipo de
incapacidad física o mental, o el joven se encuentra cursando estudios,
sea en una universidad o un instituto técnico, el plazo se puede extender hasta
los 28 años.
4.¿Qué hacer si el padre se niega a pasar una pensión?
En estos casos se puede optar por tres vías: la conciliación, la conciliación
extrajudicial, que se da cuando el padre no cumple con el acuerdo que se dio
producto de la conciliación, y el proceso judicial.
Si pese a esto el deudor
no cumple, se podrá embargar sus cuentas, o los ingresos que perciba por su
actividad laboral. Además, a pedido de la persona que demanda la pensión de
alimentos, el juez de oficio puede derivar la documentación correspondiente a
la fiscalía provincial penal de turno a efectos de que se formalice la denuncia
penal.
De acuerdo al Código
Penal, el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF) es sancionado con
hasta tres años de prisión.
5.¿Cómo se calcula el monto de la pensión?
La ley no fija un monto especifico o formula alguna para calcular este monto.
No obstante, existen dos criterios que se suelen considerar al establecer el
monto: la necesidad del alimentista y la capacidad económica del deudor, que
incluye sus ingresos o si tiene alguna carga familiar.
"El juez
puede considerar como mínimo el sueldo mínimo vital, hablamos de un
porcentaje entre un 15% y 25%, que dependerá de la carga de familia que
pueda tener la otra parte", sostiene.
6. ¿Hasta finalizar el proceso judicial no podré recibir
algún monto mensual?
No, al inicio de la demanda se puede pedir una asignación provisional para que
el acreedor pueda, por lo menos, solventar los gastos propios de alimentos. El
juez establecerá el monto fijo mensual.
7. ¿El hijo puede demandar una pensión de alimentos?
Sí. Cuando alcanza la mayoría de edad, el hijo puede solicitar una pensión de
alimentos, solo será necesario que acredite por qué se realiza la demanda. Por
ejemplo, en el caso de estudios se tiene que adjuntar una constancia de
estudios, los documentos que puedan acreditar sus pagos, entre otros.
8. ¿Se puede variar el monto de la pensión?
En caso la madre no se encontrara conforme con el monto de la pensión de
alimentos, puede solicitar un aumento ante un juez. El proceso será similar al
que se siguió al momento de iniciar la demanda civil.
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