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Así lo resaltó el director de Inmobilex, Miguel Cavero Velaochaga, al comentar los alcances del reciente Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado mediante el DS Nº 011-2017-Vivienda.

Simplificación

Para garantizar la simplificación administrativa sin descuidar seguridad, la norma además señala que las comisiones técnicas serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de los citados permisos conforme al reglamento en comentario. 

Por tanto, su misión será constatar el cumplimiento de las condiciones fijadas en las normas urbanísticas y edificatorias que regulan el predio materia de trámite y objeto de proyectos inmobiliarios. De acuerdo con las normas de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, el Reglamento Nacional de Edificaciones y otras de competencia para el proyecto inmobiliario o anteproyecto en consulta.

Tales comisiones podrán ser de ámbito distrital, provincial o provincial ad hoc, y sus dictámenes de carácter vinculante para el otorgamiento o denegatoria de los permisos de habilitación urbana y de edificación. Además, estarán integradas por representantes de los gremios profesionales de ingenieros y arquitectos, así como por funcionarios municipales y de cada entidad prestadora de servicio público de ser el caso.

Modalidades

El reglamento, asimismo, fija diversas modalidades de aprobación de habilitaciones urbanas y de edificaciones. Entre otras, de procedimiento automático con firma de profesionales, la aprobación de proyecto con evaluación por la municipalidad o con evaluación previa por los revisores urbanos. Al igual que el procedimiento de aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica o por los revisores urbanos, entre otros.

De ahí que se incentiva a que los proyectos inmobiliarios se ejecuten con mayor supervisión técnica de expertos y de gobiernos locales.

La norma, además, delimita la función del verificador responsable de los trámites de regularización y de actualización registral, a cargo de un arquitecto o ingeniero civil colegiado, cuya misión será controlar que el predio cumpla con las condiciones y requisitos fijados en el reglamento de licencias de habilitación urbana y de edificación, y otras funciones.

Criterios generales

La licencia es un acto administrativo emitido por la municipalidad que autoriza la ejecución de una obra de habilitación urbana y/o de edificación prevista en la ley.

Los trámites desarrollados en el reglamento son únicos y de aplicación obligatoria en todo el país. Por tanto, ninguna norma, directiva, formulario o requerimiento administrativo podrá exigir mayores requisitos que los establecidos en la ley y en este reglamento, aclara el DS Nº 011-2017-Vivienda.

Estos trámites estarán sujetos al silencio administrativo positivo, salvo el procedimiento de habilitación urbana de oficio.

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