Simplificación
Para garantizar la simplificación administrativa
sin descuidar seguridad, la norma además señala que las comisiones técnicas
serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos para el
otorgamiento de los citados permisos conforme al reglamento en comentario.
Por tanto, su misión será constatar el
cumplimiento de las condiciones fijadas en las normas urbanísticas y
edificatorias que regulan el predio materia de trámite y objeto de proyectos
inmobiliarios. De acuerdo con las normas de acondicionamiento territorial y desarrollo
urbano, el Reglamento Nacional de Edificaciones y otras de competencia para el
proyecto inmobiliario o anteproyecto en consulta.
Tales comisiones podrán ser de ámbito distrital,
provincial o provincial ad hoc, y sus dictámenes de carácter vinculante para el
otorgamiento o denegatoria de los permisos de habilitación urbana y de
edificación. Además, estarán integradas por representantes de los gremios
profesionales de ingenieros y arquitectos, así como por funcionarios
municipales y de cada entidad prestadora de servicio público de ser el caso.
Modalidades
El reglamento, asimismo, fija diversas modalidades
de aprobación de habilitaciones urbanas y de edificaciones. Entre otras, de
procedimiento automático con firma de profesionales, la aprobación de proyecto
con evaluación por la municipalidad o con evaluación previa por los revisores
urbanos. Al igual que el procedimiento de aprobación de proyecto con evaluación
previa por la comisión técnica o por los revisores urbanos, entre otros.
De ahí que se incentiva a que los proyectos
inmobiliarios se ejecuten con mayor supervisión técnica de expertos y de
gobiernos locales.
La norma, además, delimita la función del
verificador responsable de los trámites de regularización y de actualización
registral, a cargo de un arquitecto o ingeniero civil colegiado, cuya misión
será controlar que el predio cumpla con las condiciones y requisitos fijados en
el reglamento de licencias de habilitación urbana y de edificación, y otras
funciones.
Criterios generales
La licencia es un acto administrativo emitido por
la municipalidad que autoriza la ejecución de una obra de habilitación urbana
y/o de edificación prevista en la ley.
Los trámites desarrollados en el reglamento son
únicos y de aplicación obligatoria en todo el país. Por tanto, ninguna norma,
directiva, formulario o requerimiento administrativo podrá exigir mayores
requisitos que los establecidos en la ley y en este reglamento, aclara el DS Nº
011-2017-Vivienda.
Estos trámites estarán sujetos al silencio
administrativo positivo, salvo el procedimiento de habilitación urbana de
oficio.
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