A
partir del 1 de abril de este año, la Administración Tributaria (SUNAT) dispuso que aquellos trabajadores independientes que brinden
servicios a personas o empresas o instituciones deberán emitir sus recibos por
honorarios solamente de manera electrónica.
En
ese sentido, el ente recaudador recuerda a loscontribuyentes que
existe la obligación de registrar el pago que le hubiesen efectuado por
los servicios prestados; por otro lado, se ha eliminado la obligación de
llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico, reduciendo con
ello esta exigencia que debía cumplir el trabajador por la prestación de
sus servicios.
Entre
los otros beneficios que proporcionan los recibos
electrónicos, SUNAT destaca cinco de ellos:
1. Facilidad de trámite. Los
Recibos por Honorarios Electrónicos (RHE) pueden enviarse o reenviarse de forma
inmediata por correo electrónico.
2. Vigencia. Con
este mecanismo, ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3. Agilidad. Los
RHE se emiten con más facilidad y rapidez.
4. Supervisión. De
esta forma, se facilita el control de ingresos.
5. Verificable. Se
emiten y pueden consultarse desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.
¿Cómo obtenerlos?
Para
emitir este recibo por RHE, el trabajador independiente debe contar con su
número de RUC vigente, ingresar a la página
web de la SUNAT, y contar con un código de usuario y clave
de acceso, conocida como “Clave
sol”. También se puede acceder a través del APP de
SUNAT. El trámite es gratuito en cualquier Centro de Servicios al
Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de
identidad actualizado.
Para
obtener mayor información sobre el Sistema de Emisión Electrónica
de Recibos por Honorarios, los contribuyentes pueden ingresar a SUNAT
Virtual (www.sunat.gob.pe)
o comunicarse con la Central de Consultas telefónicas disponible en los
números 0-801- 12-100 ó 315-0730, donde recibirán orientación sobre esta
obligación.
Fuente: diariocorreo.pe
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