Cerca de
un millón y medio de trabajadores dependientes e independientes
con ingresos de cuarta y quinta categoría, podrían beneficiarse con la deducción
adicional de 3 UIT (S/
12,150) este año.
"Esta deducción adicional, será aplicable para los pagos correspondientes
al alquiler de un inmueble, intereses del crédito hipotecario de primera
vivienda, aportaciones a EsSalud por contratación de un trabajador del hogar,
servicios prestados por médicos, odontólogos, abogados, analistas de sistemas y
computación, arquitectos y enfermeros", informó la Sunat.
También se aplicará para los gastos efectuados en la
contratación de un entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y
televisión, ingeniero, intérprete y traductor, nutricionista, obstetriz,
psicólogo, tecnólogo médico e incluso para los servicios que brinde un
veterinario
"Dos temas importantes de la resolución están referidos a
que el servicio deberá ser cancelado a través del sistema de bancarización, sin
importar el monto y, que el emisor del comprobante de pago no debe encontrarse
de baja en el RUC ni tener condición de no habido", agregaron.
Algunas consideraciones de la norma:
• A partir del 1 de julio, los comprobantes de pago que
permitan efectuar la deducción deberán ser electrónicos.
• Las empresas que presten el servicio de arrendamiento
podrán emitir comprobantes físicos hasta el 30 de junio.
• La información de los recibos por honorarios profesionales
emitidos de manera física (las profesiones están detalladas en la norma), se
deberá enviar a través de Sunat Operaciones
en Línea (SOL) con su clave y código de usuario.
Fuente: elcomercio.pe
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