El
Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicó,
mediante Resolución Ministerial Nº 250-2019 -DM, el proyecto del Decreto
Supremo (DS) que declara de interés nacional y necesidad pública la promoción
de vehículos eléctricos e híbridos, y facilita las condiciones
para el desarrollo de la infraestructura para su abastecimiento de energía.
El
Decreto Supremo establece que las estaciones de carga puedan contratar energía eléctrica como usuarios libres o
regulados y si estas así lo requieren, podrán tener acceso a los sistemas
de distribución y transmisión eléctrica, pagando, de ser el caso, las
remuneraciones por el uso de estas instalaciones.
En el
caso de los usuarios residenciales que quieran contar con este servicio, los
suministros serán construidos por instaladores registrados en Osinergmin, que
también pueden ser las mismas empresas distribuidoras.
En este
caso, el distribuidor
eléctrico, por solicitud del cliente, debe encargarse del
suministro al punto de red eléctrica. Los nuevos proyectos de edificios
también deben solicitarlo para tener al menos un punto de suministro en el
estacionamiento. Aunque no se contemplan los costos de estas
instalaciones, se indica que la distribuidora eléctrica puede financiar el
costo de toda la conexión en la forma que vea conveniente.
Otra
parte del proyecto también promueve la adquisición y reemplazo de flotas
de vehículos tradicionales por autos
eléctricos e híbridos, específicamente en el sector
público, cada vez que hagan una renovación en su flota. También se les
pide tener estaciones de recarga en sus parqueos.
Se ha
previsto un plazo de 15 días hábiles para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de la
ciudadanía en general, que serán contados a partir de hoy. La Resolución
Ministerial puede revisarse aquí. Las sugerencias
deberán ser enviadas por escrito a la Dirección General de Eficiencia
Energética (DGEE) del Minem o por correo electrónico a esta dirección:
srodriguez@minem.gob.pe.
Fuente: diariocorreo.pe
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