La Contraloría General de la República envió al
Poder Ejecutivo una nueva propuesta de decreto de urgencia que incluye una
serie de medidas para implementar una adecuada regulación a la ejecución de
obras públicas por administración directa.
Señaló que esta medida coadyuvará también en la ejecución de
aquellas obras cuyos procesos de selección fueron declarados desiertos por
falta de oferta en el mercado en beneficio de la población.
Al respecto, el contralor general Nelson Shack indicó que la
ejecución de obras públicas por administración cuenta con una regulación que
data del año 1988 y esa norma “resulta insuficiente en la actualidad y no
contribuye a desincentivar actuaciones irregulares en la administración
pública, lo cual puede generar perjuicio para los intereses del Estado”.
El proyecto de decreto de urgencia señala que se considera como
ejecución de obras públicas por administración directa cuando la entidad
pública las realiza a través de su personal, infraestructura y equipamiento
mínimo.
Según la propuesta, la ejecución de obras públicas por
administración directa se realiza, únicamente, cuando se presenten cualquiera
de los siguientes supuestos:
1. Cuando se declare desierta la segunda convocatoria de un
procedimiento de selección, independientemente de su valor referencial.
2. Cuando el valor de la obra, de acuerdo al presupuesto del
expediente técnico aprobado, no exceda el monto establecido para el
procedimiento de licitación pública previsto en la ley anual de presupuesto del
sector público.
3. Cuando exista un saldo de obra por ejecutar derivado de un
contrato resuelto. Para tal efecto, la obra debe contar con un avance físico
igual o mayor al 50%.
Adicionalmente, a dichos supuestos de aplicación, se exige el
cumplimiento de algunos requisitos técnicos u operativos, dentro de los cuales
se encuentra que cuenten con asignación presupuestal en el marco de las normas
del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
También deben contar con la organización y el personal técnico-administrativo
necesario, así como mínimo con el residente para cada obra a ejecutar, la
disponibilidad de la maquinaria y equipos mínimos en estado operativo, conforme
a lo requerido en el expediente técnico, así como contar con el expediente técnico
aprobado.
Sobre el particular, se precisa que la maquinaria y/o
equipamiento no necesariamente debe pertenecer a la entidad, sino que podrán,
de ser necesario, proveerse de dichos elementos para implementar este
mecanismo.
Como un requisito adicional se dispone que, de forma previa al
inicio de la ejecución de la obra pública por administración directa, la
entidad deberá remitir a la Contraloría General de la República un informe, en
el cual se determine el cumplimiento de los supuestos y requisitos antes
mencionados.
Expansión
de control concurrente
Asimismo, la propuesta de la Contraloría plantea la expansión
del modelo de control concurrente a todo proceso de contratación de bienes,
servicios u obras que supere los 100 millones de soles.
“Es importante señalar que este mecanismo no sólo desalienta la
ocurrencia de hechos de corrupción, sino además genera confianza en los
servidores civiles para tomar decisiones que permitan continuar con la
ejecución de sus acciones e intervenciones”, enfatizó el Contralor General.
De igual forma, se establece que el incumplimiento de lo
dispuesto en el DU se encontrará sujeto a la potestad sancionadora de la
Contraloría General de la República.
De acuerdo al Sistema de Información de Obras Públicas (Infobras)
de la Contraloría General, sólo durante el año 2018, la cantidad de obras
públicas iniciadas en dicho año y reportadas por las entidades públicas
sumaron 9,072, de las cuales la mayoría son aquellas ejecutadas por contrata
(5,773) y administración directa (3,190).
Las obras bajo administración directa representa un 35% de la
contratación de obras públicas iniciadas el año 2018 y reportadas por las
entidades sujetas a control.
Además, las obras públicas iniciadas en el 2018 y registradas en
el Infobras, representaron un monto total mayor a 26,000 millones de soles, de
los cuales, las obras ejecutadas bajo el mecanismo de administración directa
representan casi 4,500 millones de soles.
Fuente: andina.pe
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