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El consejo directivo de esta entidad supervisora aprobó la implementación del Servicio de Publicidad Certificada con firma electrónica, que se brindará mediante el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).

Para tal efecto, la titular de esa superintendencia aprobó la Directiva N° 05 -2017-Sunarp/ SN, que regula el otorgamiento de la publicidad certificada con firma electrónica, mediante la Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 236-2017-Sunarp/SN.

Beneficios

De esta manera, el usuario de los servicios registrales podrá solicitar y obtener, desde su cuenta en el SPRL, ya sea como persona natural o jurídica, certificados compendiosos que contarán con firma electrónica y un código de verificación cuya comprobación de autenticidad se podrá efectuar por medio del portal de la Sunarp (www.sunarp.gob.pe), informó esta superintendencia.

Así, se facilita la obtención de publicidad registral certificada compendiosa y se elimina la necesidad de acudir a las oficinas registrales para la obtención de los certificados correspondientes con el consecuente ahorro de costo de traslado que ello conllevaba. 

El usuario registral, además, ahorrará tiempo en la entrega del certificado registral que requiera, ya que recibirá en su cuenta SPRL o correo electrónico el link por el cual podrá visualizar el documento correspondiente, detalló la Sunarp.

El código de verificación constituye la medida de seguridad del certificado, que permite validar el contenido del documento, el cual podrá presentarlo el usuario de los servicios registrales ante cualquier entidad pública o privada. 

Si el usuario advierte un error o deficiencia en el contenido del certificado compendioso, podrá solicitar la aclaración del documento mediante la opción habilitada en el SPRL, señaló la entidad supervisora.

Para tal efecto, informó que no se requerirá presentar el certificado compendioso materia de aclaración. El usuario tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles, luego de expedido el certificado, para solicitar la aclaración, precisó.

Además, conforme a la directiva, los usuarios, desde sus cuentas, podrán subsanar observaciones o efectuar pagos del mayor derecho, según corresponda. 

Trámites 

La publicidad formal certificada con firma electrónica se aplicará para los certificados positivos y negativos de los Registros de Sucesión Intestada, Personas Jurídicas, Predios y Propiedad Vehicular. También para los certificados positivos y negativos de unión de hecho, y certificados de cargas y gravámenes de los Registros de Predios, Aeronaves y Embarcaciones Pesqueras. A su vez se aplicará para los certificados registrales vehiculares, de vigencia de persona jurídica y de vigencia de poder de persona jurídica y de personas naturales, entre otros.


Fuente: elperuano.pe

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