El
aumento de S/ 100 en la Unidad Impositiva Tributaria se hará efectivo desde el
1 de enero con distintas consecuencias
Días
antes de terminar el año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publica nuevas disposiciones que se
aplicarán desde el primer día hábil de enero, para el nuevo ejercicio fiscal.
Una de estas actualizaciones corresponde a la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) que ha pasado de S/
4,050 a S/ 4,150 en
el 2018. El aumento de S/ 100 se ha convertido en un ajuste periódico por el
mismo monto desde el 2015.
El
nuevo valor de la UIT tiene efectos para las multas que se apliquen en la
administración tributaria, aumentarán la recaudación del Estado, pero también
moverán los límites para el pago de Impuesto a la Renta (IR) en el caso de los trabajadores de
cuarta y quinta categoría. Actualmente, los que perciben menos de 7 UIT anuales
(que ahora serán S/
29,050 o S/ 2,420 mensuales, calculado en doce sueldos) estarán
exonerados del pago de IR.
Efecto para los jubilados y el régimen mype
Los jubilados también se benefician con una
mayor deducción del Impuesto Predial que, actualmente, llega hasta las 50
UIT o los S/ 202,500 y pasaría a S/ 207,500. La transferencia de inmuebles
también está inafecta al cobro de impuestos hasta las 10 UIT, lo que será
equivalente a S/ 41,500 en el 2018.
Por
otro lado, las micro y pequeñas empresas (mype) también tendrán un nuevo
límite. Los que quieran acogerse al Régimen Mype Tributario, deben
facturar unos 1,700 UIT anuales. Con la actual cifra de UIT, el monto máximo
era S/ 6'885,000 al año, con la nueva UIT, el valor de la facturación anual
sería de S/ 7 millones 55 mil o unos S/
587 mil mensuales.
Fuente: diariocorreo.pe
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