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Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Foto: ANDINA/archivo

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) otorgó hoy a la empresa Sky Airline Perú el permiso de operación de aviación comercial de transporte regular nacional de pasajeros, carga y correo, por un periodo de cuatro años a partir de mañana.

Según Resolución Directoral 1000-2018 MTC/12, publicada hoy en el diario El Peruano, el permiso tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas Sky Airline Perú deberá contar con el certificado de explotador correspondiente.

Así como sus especificaciones técnicas de operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico – financiera.

De acuerdo a la normativa, las rutas son:

- Lima / Tumbes / Lima.
- Lima / Talara / Lima.
- Lima / Piura / Lima.
- Lima / Chiclayo / Lima.
- Lima / Trujillo / Lima.
- Lima / Ayacucho / Lima.
- Lima / Arequipa / Lima.
- Lima / Arequipa / Juliaca / Arequipa/ Lima.
- Lima / Arequipa / Cuzco / Arequipa/ Lima.
- Lima / Tacna / Lima.
- Lima / Juliaca / Lima.
- Lima / Ilo / Lima.
- Lima / Cusco / Lima.
- Lima / Puerto Maldonado / Lima.
- Lima / Rioja / Lima.
- Lima / Tarapoto / Lima.
- Lima / Iquitos / Lima.
- Lima / Chachapoyas / Lima.
- Lima / Tarapoto / Iquitos / Tarapoto/ Lima.
- Lima / Pucallpa / Iquitos / Pucallpa / Lima.
- Lima / Pucallpa/ Tarapoto/ Pucallpa / Lima.
- Lima / Tarapoto/Pucallpa/ Tarapoto/ Lima.
- Lima / Yurimaguas / Lima.
- Lima / Pucallpa / Lima.
- Lima / Cajamarca / Lima.
- Lima / Cusco / Puerto Maldonado / Cusco / Lima.
- Lima / Cusco / Juliaca / Cusco / Lima.
- Lima / Jaén / Lima.
- Lima / Jauja / Lima.
- Lima / Pisco / Lima.
- Lima /Chiclayo /Tarapoto/Chiclayo / Lima.
- Lima /Chiclayo/ Pïura / Chiclayo / Lima.
- Lima / Trujillo / Pïura / Trujillo / Lima.
- Lima / Cusco / Arequipa / Cusco / Puerto Maldonado / Cusco / Lima.

Se establece que el permiso de operación será revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo certificado de explotador y especificaciones técnicas de operación.

Se dispone además que la empresa deberá cumplir con la obligación de constituir la garantía global que señala el artículo 93 de la Ley 27261, en los términos y condiciones que establece el reglamento y dentro del plazo que señala el artículo 201 de dicho dispositivo. 


El incumplimiento de tal obligación determinará la automática revocación del presente permiso de operación, se indica.

Fuente: andina.pe  

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