En 30 días hábiles saldría el reglamento de
ley respectiva. Aporte del IR será por el periodo de arrendamiento de un
inmueble, precisó viceministro de Vivienda
La aplicación de la Ley de Desalojo Notarial Express,
que permitirá la desocupación de un inquilino moroso en
un corto plazo, exigirá al propietario no solo tener un contrato de alquiler,
sino también demostrar que cumple con pagar el Impuesto a la Renta (IR), explicó a la página web de Gestión el
viceministro de Vivienda, Jorge Arévalo.
Es
decir, el desalojo se hará bajo un ámbito formal en el que el propietario del
inmueble debe tener un contrato de alquiler. “Por supuesto que el propietario
del inmueble, materia del alquiler, tiene que haber pagado el correspondiente
impuesto”, señaló.
Más ingresos
Por el
alquiler de un inmueble corresponde el pago del IR de primera categoría, que es
uno de los que registra mayor evasión; es decir, esta norma también tiene una
mayor recaudación tributaria.
“El
proceso de desalojo con intervención notarial se realiza conforme las
condiciones establecidas en el contrato de arrendamiento. En ese sentido, la
obligación de acreditar el respectivo pago del impuesto es sobre el periodo de
arrendamiento establecido en el mencionado contrato”, precisó.
Arévalo
estimó que en unos 30 días hábiles se emitirá el proyecto de reglamento de la
norma. “Si bien la ley establece el procedimiento para acceder al desalojo con
intervención notarial, hay aspectos que se deben desarrollar mediante un
reglamento, como el deber del propietario de pagar los tributos
correspondientes, entre otros. Para tal fin, el ministerio viene trabajando en
un proyecto de reglamento”, agregó.
Según
información de la Sunat,
para calcular el IR por alquiler de inmuebles, los ingresos brutos se
determinan sumando la totalidad de lo que se percibe por este tipo de renta
obtenida durante el año, a ello se deduce el 20% y se le aplica la tasa del
6.25% de la renta neta.
“Los
pagos directos mensuales realizados durante el año se descuentan del impuesto
anual resultante, y en caso exista saldo del impuesto, debes regularizarlo
conjuntamente con la declaración”, precisó la página web de Gestión basándose
en datos de la Sunat.
Impuesto
Según
la Sunat, la tasa del IR que se paga por el alquiler de un inmueble es de 5%
sobre el total de los ingresos del año.
Fuente: diariocorreo.pe
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