El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió hoy por unanimidad desestimar la
candidatura a la reelección del alcalde de la provincia de Purús,
Ucayali, Domingo Ríos Lagos,en aplicación del
mandato constitucional que prohíbe
que los burgomaestres sean elegidos en períodos consecutivos.
Así, declaró infundada la apelación del
personero legal del movimiento regional Ucayali Región con Futuro, Julio René
Vásquez Ríos, contra la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de
Coronel Portillo que se pronunció por la improcedencia de dicha candidatura.
La resolución de la máxima autoridad
electoral se sustenta en la Ley
de reforma constitucional N° 30305 que modifica los artículos 191, 194 y
203 de la Carta Magna. Dicha norma, se precisa, se encuentra vigente desde el 11 de
marzo de 2015 y
es de aplicación en el presente proceso electoral.
Pauta
para JEE
El JNE, indica además, que lo resuelto
constituye pauta de interpretación que los Jurados Electorales Especiales (JEE)
tendrán en cuenta al momento calificar las solicitudes
de inscripción de candidatos que
se encuentran en la misma condición.
Cabe señalar que es atribución del Pleno del JNE establecer
precedentes que tengan carácter vinculante a efectos de resguardar la seguridad
jurídica y la predictibilidad en los procesos electorales.
La resolución del Pleno del JNE se emite a
escasas horas de haberse revisado el expediente de este caso en audiencia
pública, en la que estuvieron presentes las partes procesales.
El colegiado electoral fue presidido por el
doctor Víctor Ticona Postigo e integrado por los doctores Raúl Chanamé Orbe,
Ezequiel Chávarry Correa y Jorge Rodríguez Vélez.
Fuente: diariocorreo.pe
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