A partir de este año, los
restaurantes y hoteles deben consignar en las boletas de venta electrónicas el
DNI de su cliente, a fin de que éste pueda deducir el gasto para fines del
Impuesto a la Renta, indicó hoy la Sunat.
Asimismo, el ente recaudador precisó
que si el cliente es extranjero, se deberá consignar su número de RUC.
Explicó que esta obligación,
introducida en la última modificación al Reglamento de Comprobantes de Pago,
permitirá que los trabajadores independientes y dependientes que ganen más de 7
Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al año (29,400 soles) puedan deducir el
15% del importe pagado por sus consumos, por lo que los restaurantes y hoteles
deben tener adecuados sus sistemas.
La Sunat ha iniciado una campaña
para identificar los negocios que aún no están cumpliendo con la disposición
comentada, pudiendo aplicar la sanción por emitir comprobantes de pago que no
reúnen los requisitos y características establecidas en la normatividad
vigente.
Puede comunicarse con nuestra
Central de Consultas llamando al 0-801-12-100, desde teléfono fijo o celular al
(01) 315-0730 o *4000,
También visitar el portal: www.sunat.gob.pe o
acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su
domicilio.
Fuente: andina.pe
Publicar un comentario